La Junta Directiva en su sesión extraordinaria Nro. 1.719 de fecha 05 de enero de 2026, acordó elevar a Bs. 50.000,00 el monto mínimo efectivo para fijar precio de cierre.
El 11 de septiembre de 2025, la Junta Directiva conoció sobre el comportamiento del parámetro establecido el 12 de junio de 2025, acordando elevar a Bs. 15.000,00 el monto mínimo efectivo para fijar precio de cierre en el Mercado de Renta Variable.
Igualmente, la sesión extraordinaria Nro. 1.719 de fecha 05 de enero de 2026, acordó, dejar el derecho mínimo a cobrar de renta variable en Bs. 5,00 por punta, para toda operación cuyo monto efectivo sea igual o menor a Bs. 5.000,00.
Los cambios entrarán en producción a partir del martes 06 de enero de 2026.
Bolsa de Valores de Caracas
Fuente: Bolsa de valores de Caracas